De acuerdo con lo establecido en el artÃculo 40, fracción V de la Ley, la APIVER deberá prestar los servicios portuarios y conexos requeridos en el Puerto por sÃ, o a través de terceros mediante el contrato respectivo, por lo cual esta entidad celebra contratos de prestación de servicios con terceros, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en las Reglas 15, 16, 17, 18 y 19 de Operación del Puerto de Veracruz.
Cabe destacar, que el número de prestadores de servicios de cada rubro, estará determinado en el Programa Maestro de Desarrollo Portuario vigente.
Los servicios portuarios y conexos se clasifican de la siguiente manera:
Servicios Portuarios
- Remolque
- Lanchaje
- Amarre y desamarre de cabos
- Avituallamiento
- Recolección de basura o desechos a las embarcaciones
- Eliminación de aguas residuales a las embarcaciones
- Reparación a flote a las embarcaciones
- Suministro de agua potable a las embarcaciones
- Suministro de combustible a las embarcaciones
- Suministro de lubricantes a embarcaciones
- Servicio de comunicación
Servicios Conexos
- Inspección marÃtima.
- Coordinación de consolidación, desconsolidación y reexpedición de mercancÃas de comercio exterior sin incluir los servicios portuarios de maniobras.
- Fumigación a bordo de embarcaciones, a las mercancÃas y sus embalajes, a los almacenes y sus instalaciones, contenedores y equipos de transporte terrestre.
- Inspección de mercancÃas de comercio exterior.
- Servicio de operación, mantenimiento y reparación de equipo ferroviario.
- Servicios submarinos a las embarcaciones.
- Servicio de fumigación a la basura orgánica a bordo de las embarcaciones.
Para obtener información referente a los requisitos establecidos en las Reglas de Operación del Puerto de Veracruz, para prestar un servicio en particular, agradecemos contactar a la Subgerencia de Desarrollo de Mercado al teléfono: +52 (01) 229.923.21.70 ext. 72923 ó 72941, en donde con gusto se le atenderá.