Liberación de Mercancías

Para el caso de importación:

  • Copia del pedimento pagado y firmado por el Agente Aduanal.
  • Partes II, si aplica.
  • Pedimento K1 de retorno.
  • Pedimento R1 de rectificación (en su caso).
  • Listas de empaque, si aplica.
  • Copia del conocimiento de embarque revalidado.
  • Copia del pago de la segunda maniobra.
  • Copia de solicitud múltiple de Servicios (Artículo. 15) en caso de que la mercancía sea traslada a otro Recinto Fiscalizado.

Para el caso de exportación:

  • Copia del pedimento pagado y firmado por el Agente Aduanal.
  • Copia de la solicitud múltiple de Servicios (Artículo. 23) con el que se depositó la mercancía).
  • Solicitud de desistimiento.
  • Copia de solicitud múltiple de Servicios (Artículo. 15) en caso de que la mercancía sea traslada a otro Recinto Fiscalizado.

Abandono:

Si la mercancía ha causado abandono a favor del Fisco Federal y este haya sido notificado por la Aduana al consignatario de la carga, para proceder a liberar la mercancía deberá presentar copia del oficio de la Aduana donde autoriza su entrega.

En ambos casos se verificará en el sistema que se hayan efectuado los pagos por uso de infraestructura portuaria